La Suprema Corte de Justicia de la Nación debatirá la constitucionalidad y convencionalidad de la prisión preventiva oficiosa (PPO). No es un tema novedoso: se trata de un aspecto ya debatido ampliamente en la academia y en muchos tribunales del mundo: la inaplicación de normas constitucionales si estas contravienen tratados internacionales en materia de derechos humanos. Todo ello, valga la precisión, porque la prisión preventiva oficiosa se prevé en el artículo 19 de la constitución mexicana.

Está a discusión el papel de la Suprema Corte de Justicia como encargada de dar coherencia al ordenamiento constitucional y como coto último en un sistema que hace agua en materia de derechos humanos y democracia (la militarización de la Guardia Nacional es una prueba de lo que afirmo).

Desde que se conocieron los proyectos de los Ministros Luis María Aguilar y Norma Piña que se discutirán en la Corte, se escuchan voces que alertan sobre el poder de los Ministros para decidir qué es y qué no es parte de la constitución. En especial, llama la atención el artículo publicado en Reforma por Diego Valadés, quien advierte que la corte está asumiendo poderes de constituyente.

Si bien es cierto las cortes constitucionales, como el caso de la mexicana, no deciden todos los días asuntos donde determinan inaplicar la constitución, también es cierto que su papel ha sido primordial para evitar abusos perpetrados a través de reformas constitucionales. Lo que ya se advertía a inicios de este siglo es hoy más que evidente: el poder reformador de la constitución puede equivocarse -como es normal- y dar paso a aberraciones como un nuevo mandato para un presidente (el caso de Uribe en Colombia), o como la prisión preventiva oficiosa que analizará la corte mexicana, por no decir la suspensión de derechos que de forma arbitraria permiten algunas reformas constitucionales o el alargamiento de un mandato (decretado por el órgano reformador de la Constitución de Baja California, que trataba de beneficiar a Jaime Bonilla).

En ese sentido, asumir que el órgano que reforma una constitución se puede equivocar debe dar como consecuencia que en los sistemas democráticos es sano y necesario que existan mecanismos para revisar esas reformas y probables yerros de quienes reforman una constitución. ¿Esto es poner a esa corte por encima de un constituyente? No lo es: es solo garantizar que se tomen decisiones antidemocráticas. Se trata de salvaguardar los derechos humanos, los que precisamente están por encima de cualquier intento golpista o arbitrario decidido por cualquier institución, incluso a través de una reforma a la constitución.

Toda vez que no hubo ni hay visos de enmienda para desterrar a la PPO del orden jurídico mexicano a través de otra reforma constitucional, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe ser la institución que decrete la inaplicación de la normas constitucionales creadas mediante una reforma a la Carta Magna. ¿Está asumiendo la Suprema Corte un rol que no le corresponde? La respuesta puede ser positiva o negativa. La corte de ninguna manera fue concebida como un órgano que debía revisar lo que decidió en su momento el órgano reformador de la constitución, pero también es cierto que a la corte se le designó como la institución que debía armonizar y vigilar el cumplimiento de la constitución y determinar el sentido de su contenido.

Solo los puristas santifican la labor del órgano reformador de la constitución y no ven el elefante en el cuarto: la aprobación de actos autoritarios bajo el manto de reformas constitucionales. Los órganos que reforman la constitución se pueden equivocar y se equivocan, y si a manos de la corte llega un asunto como en el caso de la PPO, no debe haber dudas: esta tiene los instrumentos y el poder para inaplicar la constitución.

En todo este embrollo, los agoreros del desastre se vuelven a topar con una corte que decidirá en un sentido u otro, pero que lejos está de ser una marioneta del presidente de la República. López Obrador propuso a cuatro de los once ministros que a partir de mañana volverán a votar un asunto que interesa al presidente, y en el que parece que no le harán mucho caso. Una vez más, los voceros de los desastres presenciarán a una Suprema Corte que tiene sus aciertos y errores, pero que está lejos de ser manipulada por López Obrador como ellos lo vaticinaron. Ningún ministro quiere pasar a la Historia siendo el hazmerreír por su paso en la corte. Si el presidente pensaba que los ministros que propuso iban a ser mansos corderos votando lo que él indicaba, ya puede ir desilusionándose. La corte asume cada vez roles más importantes, como lo dejará sentado al analizar la PPO, y sus ministros lo saben. No son los mansos jueces que algunos pronosticaron.

A pesar de todo, si la corte tiene que asumir el papel de revisor de las decisiones del poder reformador de la constitución es porque ese poder no está funcionando de manera idónea. Y eso no es por el trabajo deficiente de un partido o de un órgano; es el sistema. El rol que asume la corte incluye implícitamente una advertencia: se está utilizando a la constitución como instrumento para legitimar decisiones antidemocráticas, arbitrarias y contrarias a los derechos humanos. De ahí al autoritarismo hay solo un paso. Visto de otra forma: las constantes reformas a la constitución desde 1917, que en pasado sirvieron al partidazo para intentar legitimar toda decisión política, siguen siendo una constante en la larga transición hacia la democracia. Sigue vigente el la clase política el pensamiento de que todo cabe en la constitución. La corte tendrá que decir lo contrario.

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